Monarquía Romana (753-509)
- La sociedad romana, como todas las sociedades antiguas,
está hecha a partir de la desigualdad.
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Durante la monarquía esta desigualdad está determinada
por el nacimiento y por la religión.
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LOS PATRICIOS
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Los derechos del
nacimiento y de la religión
ü El patriarcado está formado por las 100 primeras
familias, que se instalaron en roma.
ü Cada una de ellas quiere descender de un antepasado, pater, más o menos divinizado. Todos los
que reconoce el mismo pater, son de
la misma gens; llevan el mismo nomen gentilicium y celebran el mismo culto
(sacragentilicia)
ü Los gens se
dividen en ramas, familiae, y cada
una reconocía la autoridad de un pater
familias.
ü El pater familias de
la rama más antigua es el jefe de toda la gens.
ü Reparte entre las familiae
las posesiones de la gens, propiedad
indivisa, en las cuales se cría un importante rebaño común. La gens se comporta como un pequeño estado
autónomo; tiene su propia forma de auto legislación
ü Las gentes,
agrupadas en 3 tribus forman el populus,
es decir, el conjunto de ciudadanos legalmente reunidos, por oposición a multitudo, la masa sin coherencia,
aunque con derechos políticos.
ü A las gentes
están vinculados los clientes.
2. LOS CLIENTES
ü Vinculados jurídicamente a los patricios, son
probablemente extranjeros que aceptaron esta situación por interés.
ü Dependen de un miembro de la gens porque estás asociados al culto gentilicio y llevan el nombre
gentilicio. El miembro de la gens es
el patronus, al que están vinculador
por el ius patronatus: “el título de
Patrón viene inmediatamente después del de Padre”
ü Tienen un respeto hacía el Patrón, son serviciales con él
y con sus bienes. El Patrón, a cambio, les debe protección: “los clientes deben
entrar en la casa, delante de los padre y los hijos”. Él los defiende en
justicia y les puede conceder tierras.
ü La clientela obtendrá
pronto derechos, y secundará al Patrón contra los asaltos de la Plebe.
3. LOS PLEBEYOS
ü Latinos vencidos, instalados en el territorio de Roma y
que ellos cultivan.
ü No tienen posibilidad de acceso a la Asamblea del pueblo,
ni a ningún Colegio sacerdotal. Son simples espectadores de la vida pública.
ü No tienen ningún derecho: no tienen ni una organización
individual, ni cultos familiares. No tienen siquiera familia legal, ni existe
acto oficial para el matrimonio plebeyo.
4. ESCLAVOS Y LIEBRTOS
ü El nacimiento: el esclavo de nacimiento se llama verna (palabra etrusca)
ü La guerra: prisioneros vendidos para beneficio de los
vencedores, iure gentium
ü La justicia: ciudadanos desposeídos, afectados de capitis deminutio maxima.
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Condición de los
esclavos
ü La esclavitud se mantiene a lo largo de la historia
romana. Pero al esclavo se le trata de manera muy distinta según los amos. Muchas
veces obtiene permiso para economizar algún dinero, peculium, con el que rescatará su libertad: es la liberación, manumissio.
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Los procedimientos
de liberación:
ü Por testamento (el más frecuente)
ü Por inscripción del esclavo, en el momento de las operaciones
del censo, como sui iuris
ü Por decisión judicial
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Condición de los
libertos:
ü El amo que libera qeuda como patrón de su liberto. Aquel libertus toma el praenomen
y el nomen de su patrón, guardando
como cognomen su nombre de esclavo
(sobrenombres y prenombres
La ley no reconocía el matrimonio del libertus. Como ek servus, vive en concubinato, contubernium,
pero trabaja por su cuenta y sus hijos adquieren la condición de hombres
efectivamente libres.